Si has decidido ser parte de la respuesta y apoyar con tus recursos el trabajo de Puertas Abiertas en beneficio de los cristianos perseguidos, ya sea a través de un donativo puntual o periódico, puedes desgravar hasta un 80% del dinero aportado en la declaración de la renta.
*Si resides en una Comunidad Autónoma sujeta a un régimen foral particular o con deducciones adicionales por donaciones, puedes tener deducciones diferentes.
** Donativo recurrente es toda aquella cantidad aportada a la misma institución de forma periódica (ya sea mensual, trimestral, semestral, anual, etc.) durante los últimos 3 años fiscales consecutivos y que es igual o mayor cada año.
Consulta en la web de la Agencia Tributaria para más información sobre tus beneficios fiscales en agenciatributaria.es. Reforma de la Ley de mecenazgo.
Para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus donaciones es imprescindible que nos hayas facilitado tus datos completos. Puedes hacerlo rellenando el formulario a continuación.